Access to Healthcare and the Liberal State: Theoretical Perspectives and Practical Applicationsd
Dr. Enrique Jesús Botti. Presidente de FACOEP S.A.
Dr. Profesor Titular Universidad ISALUD. Dr. Carlos Alberto Díaz.
Este es un trabajo que intenta realizar una contribución para entender qué pasa en el sistema de salud en Argentina, desde el respaldo de conspicuos economistas que sigue el equipo de gobierno. Este análisis es fundamental para observar hacia dónde puede ir la transformación del sistema de salud en Argentina, considerando tanto las políticas implementadas como los desafíos que enfrenta. Sin embargo, es importante destacar que actualmente no existe un cuerpo de reforma debatido y consensuado, lo cual dificulta una evolución efectiva del sistema. Los actores del mercado de la salud están intentando adecuarse y efectuar las adaptaciones a las nuevas reglas de juego, para promover mejoras sustanciales en la calidad del servicio que se ofrece a la población. Esta situación demanda un diálogo inclusivo que genere una hoja de ruta viable y sostenible para el futuro del sistema de salud, involucrando a todos los interesados en un proceso participativo que fortalezca las instituciones y garantice el acceso equitativo a la atención médica.
Resumen
Este documento explora con profundidad las distintas posturas teóricas sobre el acceso a la salud dentro del marco del Estado liberal, centrándose en los enfoques de Friedrich Hayek, Robert Nozick, John Rawls, Norman Daniels y complementariamente Amartya Sen, como la aplicación de estas corrientes están incidiendo en la transformación del sistema de salud Argentino.
Por un lado, Hayek y Nozick, representantes del liberalismo radical y libertarismo, argumentan que el concepto de justicia social no tiene fundamento en una sociedad de personas libres.
Para Hayek, la distribución de recursos mediante el mercado (catalaxia) es producto de reglas abstractas y decisiones individuales, desprovista de intencionalidad y, por tanto, imposible de calificar como justa o injusta. Nozick, por su parte, sostiene que cualquier redistribución de riqueza, como la que implica el financiamiento estatal de servicios de salud, constituye una vulneración de los derechos de propiedad y de la libertad individual, equiparando los impuestos a formas de trabajo forzado. En esta visión, la atención médica es un bien que debe ser adquirido voluntariamente y el Estado solo debe intervenir para proteger contra la violencia y el fraude.
En contraste, el liberalismo igualitario, articulado por Rawls y ampliado por Daniels, ofrece una perspectiva diferente. Rawls fundamenta la justicia como equidad y sostiene que la igualdad de oportunidades es esencial para una sociedad justa. Daniels extiende esta argumentación al ámbito de la salud, señalando que la protección del «funcionamiento normal» de las personas es un requisito moral, ya que la pérdida de salud limita el rango de oportunidades para participar plenamente en la vida social y económica. Así, este enfoque justifica la intervención estatal para garantizar el acceso universal a servicios de salud, entendiendo la atención médica como una condición necesaria para la equidad.
Finalmente, Amartya Sen introduce una visión complementaria, enfocada en las capacidades y libertades fundamentales como elementos centrales de la justicia social. Sen sostiene que el acceso a la salud debe evaluarse no solo en términos de recursos, sino considerando la capacidad real de las personas para vivir una vida plena y activa. Su enfoque invita a reconocer las desigualdades estructurales y a diseñar políticas públicas que amplíen las libertades y oportunidades, interviniendo en aquellos casos donde el mercado por sí solo resulta insuficiente para asegurar el bienestar colectivo.
En suma, las diferencias entre estos autores radican en las concepciones sobre el papel del Estado, la moralidad de la redistribución, y la importancia de la salud como bien social: Hayek y Nozick defienden una mínima intervención estatal y la libertad individual; Rawls y Daniels promueven la equidad y la igualdad de oportunidades mediante la provisión pública; y Sen subraya la necesidad de fortalecer capacidades y libertades para lograr una justicia verdaderamente inclusiva en materia de salud.

1. La Perspectiva del Liberalismo Radical y Libertarismo
Desde la visión de autores como Friedrich Hayek y Robert Nozick, el concepto de «justicia social» es considerado un «espejismo» o un atavismo de sociedades primitivas que no tiene sentido en una sociedad de hombres libres.
- El Mercado como Juego de Catalaxia: La distribución de recursos en una sociedad libre es el resultado de un «juego de mercado» (catalaxia) basado en reglas abstractas y conductas individuales, donde los resultados no son previsibles ni intencionales. Por tanto, el resultado no puede calificarse de justo o injusto.
- Rechazo a la Redistribución: Los libertarios sostienen que el Estado debe ser mínimo, limitado a la protección contra la violencia y el fraude. Cualquier intento de redistribuir riqueza para financiar servicios de salud es visto como una violación de los derechos de propiedad y de la libertad individual, equivaliendo en algunos casos al «trabajo forzado» mediante impuestos.
- La Salud como Bien de Mercado: En este modelo, la atención médica se considera un servicio que se debe transar voluntariamente. El acceso queda sujeto a la capacidad adquisitiva de cada persona, y el Estado no tiene la obligación moral de proveerlo.
Friedrich Hayek sostiene que la «justicia social» es un espejismo o una «fórmula vacía» porque, en una sociedad de hombres libres, el concepto carece totalmente de significado.
1. La ausencia de un «distribuidor»
Hayek argumenta que el término «justicia social» suele usarse como sinónimo de «justicia distributiva», pero esta no puede aplicarse a una economía de mercado porque nadie distribuye los recursos de manera deliberada. En el mercado, los resultados para cada individuo no son propuestos ni previsibles; surgen de un proceso impersonal que él denomina «juego de catalaxia»,,. Por lo tanto, calificar un resultado de «justo» o «injusto» es un error, ya que la justicia solo puede ser un atributo de la conducta humana responsable y no de un orden espontáneo donde nadie ha actuado con la intención de producir ese resultado específico,,.
2. Atavismo evolutivo e instintos primitivos
Para Hayek, la creencia en la justicia social es un atavismo: una herencia de instintos morales que eran esenciales en las pequeñas bandas de cazadores-recolectores de la sociedad primitiva,. En aquellos grupos reducidos (de unos 50 individuos), existía un propósito unitario y una jerarquía común de fines donde se compartían los recursos según méritos o necesidades visibles para sobrevivir,,. Sin embargo, esos instintos son inaplicables e incompatibles con la civilización actual o «Sociedad Abierta», la cual se basa en reglas abstractas de conducta (como la propiedad y el contrato) y no en fines comunes obligatorios,,,.
3. Falta de un estándar objetivo
El autor sostiene que no existe un acuerdo ni un test conocido para decidir qué es «socialmente justo» en cada caso particular. Las demandas de justicia social suelen basarse en evaluaciones intuitivas de casos aislados, pero nadie ha encontrado una regla general de la cual se pueda deducir qué remuneración es justa fuera del sistema de precios del mercado. Al ser una frase sin contenido definido, se convierte en una herramienta para que grupos particulares planteen reivindicaciones para obtener una mayor participación en los bienes materiales sin dar razones objetivas,.
Hayek advierte que el esfuerzo por alcanzar la «justicia social» requiere de una autoridad central que planifique y dirija los recursos hacia modelos de distribución preconcebidos.
Esto implica:
- Interferencia coercitiva: El gobierno debe despojar a unos de sus bienes por la fuerza para dárselos a otros, lo que equivale a un «trato de servidumbre» y destruye la libertad individual.
- Incompatibilidad con las reglas justas: La realización de cualquier modelo de distribución es incompatible con la responsabilidad moral individual y con las reglas de conducta justa necesarias para preservar una sociedad pacífica,.
En conclusión, para Hayek, las únicas remuneraciones «justas» son aquellas determinadas por el mercado libre bajo reglas iguales para todos, ya que este sistema es el que mejor utiliza el conocimiento disperso y mejora las oportunidades de cualquier miembro de la sociedad elegido al azar.
Invocar la justicia social para alterar estos resultados es, en su visión, un engaño que solo conduce al totalitarismo
4. Amenaza a la libertad individual
El juego de la catalaxia es el nombre que Friedrich Hayek propone para el proceso de mercado, describiéndolo como una herramienta para inducir a extraños a servirnos y acogernos. El término deriva del griego katallattein, que además de «intercambiar», significa «admitir en la comunidad» y «convertir a un enemigo en amigo».
Este «juego» consiste esencialmente en una contienda sujeta a reglas, cuyo resultado se decide por una mezcla de destreza superior y buena fortuna. No se basa en fines comunes obligatorios, sino en la aplicación de reglas abstractas de conducta que permiten la aparición de un orden espontáneo u orden autogenerador. Estas reglas son fundamentalmente las de la ley de propiedad y contrato.
El funcionamiento del juego depende de los precios de mercado, que actúan como señales o símbolos que comunican información relevante que se encuentra ampliamente dispersa entre los hombres. A través de estas señales, los individuos saben qué producir y qué recursos utilizar para realizar la mayor contribución posible al producto agregado de la sociedad, guiados por su propia búsqueda de ganancias.
Según Hayek, el juego de la catalaxia cumple la función de extraer de cada participante su contribución más valiosa para el fondo común, aunque la cuota que cada uno reciba de dicho fondo sea incierta. Las recompensas dependen de hechos objetivos que nadie puede conocer en su totalidad, y no de las opiniones de terceros sobre lo que alguien debería obtener. El resultado para cada individuo es imprevisible y no es intencional, por lo que no puede ser calificado como «justo» o «injusto» por ninguna autoridad, ya que nadie ha «distribuido» los recursos deliberadamente.
Finalmente, Hayek argumenta que el juego produce una asignación de recursos más eficiente que cualquier otro sistema. Sostiene que es justo en la medida en que mejora las perspectivas y oportunidades de cualquier miembro de la comunidad elegido al azar y todos obedecen las mismas reglas formales. Por esta razón, considera que el concepto de «justicia social» es un espejismo inaplicable al mercado, pues no se puede exigir justicia distributiva donde los resultados son el fruto impersonal de un juego de habilidades y azar
El Liberalismo Igualitario: La Igualdad de Oportunidades
En contraste, el liberalismo igualitario, liderado por John Rawls y extendido por Norman Daniels, propone una justificación para el acceso universal basada en la justicia como equidad.
- Protección del Funcionamiento Normal: Daniels argumenta que la salud es de especial importancia moral porque protege el «funcionamiento normal» de los individuos. La pérdida de salud restringe el rango de oportunidades que una persona tiene para participar en la vida social y económica.
- Obligación Social: Bajo el principio de igualdad de oportunidades, la sociedad tiene la obligación de mitigar las desventajas naturales (enfermedades o discapacidades) que impiden a las personas ejercer su libertad. Esto justifica un sistema que garantice el acceso a un «nivel básico» de atención médica para todos.

El Enfoque de las Capacidades y la Libertad Sustantiva
Amartya Sen y Martha Nussbaum ofrecen una alternativa que vincula la salud con la libertad sustantiva.
- Capacidades vs. Funcionamientos: La libertad no es solo la ausencia de interferencia (libertad negativa), sino la capacidad real de una persona para lograr estados de bienestar. Estar sano es una «capacidad central» que permite a los individuos elegir el estilo de vida que valoran.
- Salud y Pobreza: El acceso universal a la salud se justifica porque permite a los individuos, especialmente a los más pobres, superar la penuria y mejorar sus condiciones de vida de manera productiva. Sin salud, la libertad de elección es puramente formal y carece de contenido real.
El Contexto en Argentina: Desregulación y Propiedad Intelectual
Las fuentes también reflejan una transición reciente hacia políticas liberales en el sistema de salud argentino, enfocadas en la competencia y el respeto a la propiedad privada.
- Respeto a las Patentes: Se ha modificado la Ley de Patentes medicinales para alinearse con estándares internacionales de propiedad intelectual. Esto se justifica bajo el precepto de que el respeto a la propiedad (incluyendo la intelectual) es un pilar de una sociedad próspera y un derivado directo de la libertad.
- Desregulación y Libre Elección: A través de decretos (como el DNU 70/23), se ha buscado desregular el sistema de medicina prepaga para fomentar la libre competencia y permitir que los beneficiarios elijan libremente sus prestadores. El objetivo es eliminar «asimetrías históricas» y permitir que las empresas adecuen los valores de sus cuotas libremente, bajo la premisa de que esto asegura la sostenibilidad financiera del sistema.
Su crítica se fundamenta en los siguientes puntos clave:
Para Amartya Sen, la pobreza no debe entenderse simplemente como un bajo nivel de ingresos, sino fundamentalmente como una privación de capacidades. Esta distinción es crucial porque, mientras que el ingreso es solo un medio instrumental, las capacidades representan las libertades sustantivas de una persona para lograr estados de bienestar que valora.
La pobreza afecta a las «capacidades centrales» de las siguientes maneras:
- Privación de libertad sustantiva: La pobreza actúa como un obstáculo que impide a los individuos ejercer sus oportunidades reales para mejorar sus condiciones de vida. Sen sostiene que una privación relativa de ingresos puede derivar en una privación absoluta de capacidades.
- Impacto en la vida y la salud física: Dentro de las capacidades centrales identificadas por Martha Nussbaum (quien trabaja en la misma línea que Sen), la pobreza golpea directamente la capacidad de «Vida» (no morir prematuramente) y la «Salud corporal» (tener una buena salud, alimentación y vivienda adecuada). La falta de recursos financieros suele obligar a las personas a posponer o renunciar a la atención médica necesaria, lo que deteriora estas capacidades básicas.
- El círculo vicioso de la salud y la productividad: La pobreza genera un efecto en cadena donde la falta de acceso a la salud provoca peores resultados sanitarios, lo que a su vez disminuye la productividad del individuo. Al reducirse la capacidad de trabajar y generar ingresos, la persona queda atrapada en un ciclo donde tiene aún menos oportunidades de salir de la penuria.
- Desigualdades sistemáticas (Inequidades): Las personas en situación de pobreza suelen enfrentar riesgos mayores, como estrés crónico, obesidad por falta de acceso a alimentos saludables y exposición a entornos contaminados, lo que erosiona sus capacidades centrales de manera injusta. En este contexto, la falta de salud no es solo un hecho natural, sino una restricción inmerecida que limita el rango de oportunidades de los más vulnerables.
En conclusión, para el enfoque de las capacidades, la pobreza es una fuerza opresiva que priva al individuo de la libertad de elegir el estilo de vida que desea, al no garantizarle el umbral mínimo de salud y funcionamiento necesario para actuar en sociedad
Norman Daniels justifica el acceso universal a la salud extendiendo la teoría de la justicia de John Rawls, fundamentándose principalmente en el principio de igualdad equitativa de oportunidades. Sus argumentos centrales se estructuran de la siguiente manera:
- Protección del «funcionamiento normal»: Daniels sostiene que la salud tiene una importancia moral especial porque protege el funcionamiento normal de los seres humanos como miembros de su especie. Las enfermedades y discapacidades son vistas como desviaciones que impiden este funcionamiento, lo cual es perjudicial porque restringe el rango de oportunidades que las personas pueden ejercer para cumplir sus planes de vida.
- Requisito para la igualdad de oportunidades: Para Daniels, no basta con que las posiciones sociales estén legalmente abiertas a todos; es necesario que las personas tengan la capacidad física y mental para competir por ellas. El acceso a la salud es, por tanto, un requisito previo indispensable para que el derecho a la igualdad de oportunidades no sea un concepto vacío.
- Obligación social de mitigar desventajas: Dado que las enfermedades y los talentos naturales son a menudo «accidentes de nacimiento» inmerecidos, la sociedad tiene la obligación moral de utilizar recursos para contrarrestar estas desventajas naturales. Esto permite que los individuos participen plenamente en la vida política, social y económica de su comunidad.
- El acceso a un «nivel básico» (Basic Tier): Esta justificación no implica un derecho a todos los servicios médicos imaginables, sino a un nivel básico de atención. Este nivel incluye las intervenciones necesarias para mantener, restaurar o compensar la pérdida del funcionamiento normal. Daniels distingue esto de un «nivel suplementario» que busca mejorar o potenciar capacidades por encima de lo normal, el cual sería opcional y no una obligación de justicia social.
- Crítica al enfoque de bienestar subjetivo: A diferencia del utilitarismo, Daniels no basa su defensa en la felicidad o el placer que proporciona la salud, sino en el impacto objetivo que la enfermedad tiene sobre las capacidades y oportunidades de una persona. Una persona puede ser feliz estando enferma, pero aun así sufre una pérdida injusta de oportunidades que la sociedad debe rectificar.
En resumen, la salud es para Daniels un derecho habilitante que garantiza que las personas puedan disfrutar de su libertad y de una participación justa en la sociedad al preservar su capacidad funcional básica

La situación específica en Argentina: 2024-2026
La desregulación del sistema de salud en Argentina se aplica actualmente a través de una serie de medidas centradas en la libre competencia, la libertad de elección de los beneficiarios y el respeto a la propiedad intelectual. Estas políticas se enmarcan en el proceso de reordenamiento impulsado por el Gobierno Nacional mediante instrumentos como el DNU 70/23.
Los ejes principales de esta desregulación son los siguientes:
- Liberación de precios en la medicina prepaga: A partir del Decreto 102/2025, las empresas de medicina prepaga tienen la facultad de adecuar libremente los valores de las cuotas de sus planes de salud. Esta medida busca eliminar las «asimetrías históricas» donde los usuarios de planes económicos financiaban a los de planes más costosos, permitiendo que cada plan ajuste su precio según su propia pirámide de costos. Las empresas deben notificar los aumentos con una antelación no menor a 30 días corridos.
- Reforma en el régimen de patentes medicinales: El Gobierno modificó la Ley de Patentes a través de la Resolución Conjunta 1/2026, derogando normativas anteriores (como la 118/2012) que dificultaban la obtención de patentes en el país. Bajo este nuevo esquema, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) analizará cada solicitud caso por caso sin restricciones adicionales, alineándose con estándares internacionales. El objetivo es fomentar la llegada de terapias innovadoras y garantizar la seguridad jurídica para los laboratorios.
- Libertad de elección para los beneficiarios: La Superintendencia de Servicios de Salud busca que los afiliados puedan elegir libremente sus prestadores y planes, eliminando intermediaciones obligatorias y fomentando que la competencia entre distintos actores del mercado mejore la calidad de las prestaciones.
- Sustentabilidad financiera: Se argumenta que permitir una asignación más eficiente de los recursos a través del mercado asegura la sostenibilidad del sistema de salud a largo plazo.
Este enfoque responde a la visión del actual gobierno de que la propiedad privada y la libertad individual son los pilares fundamentales para una sociedad próspera, aplicando la lógica del mercado para resolver lo que consideran distorsiones y desigualdades sistémicas previ
Diferencias Clave e Implicaciones
- Libertad vs. Resultado: Mientras que el funcionamiento es el estado de salud «logrado», la capacidad es el área de libertad que permite al individuo decidir cómo vivir,. Por ejemplo, una persona puede tener la capacidad de estar sana pero elegir realizar actividades que conlleven riesgos (como deportes extremos o una dieta específica); el funcionamiento sería el estado resultante de esa elección,.
- Objetivo de las Políticas Públicas: Sen y Nussbaum sostienen que el Estado debe promover las capacidades de salud, no necesariamente los funcionamientos. Existe una diferencia moral crucial: promover capacidades respeta la libertad individual y las opciones de estilo de vida, mientras que imponer funcionamientos (obligar a estar sano de una forma determinada) podría ser coercitivo y no respetar la autonomía de la persona,.
- Relación con el «Funcionamiento Normal»: Norman Daniels utiliza el término «funcionamiento normal» para describir un estado biológico que es necesario para proteger el rango de oportunidades de una persona,. Las fuentes señalan que esta idea de Daniels es comparable a la «capacidad de salud» de Nussbaum, ya que ambas se refieren a un estado corporal que habilita al individuo para participar en la vida social, económica y política,.
En conclusión, la salud como capacidad es una forma de libertad sustantiva que permite a las personas mejorar sus condiciones de vida y elegir su bienestar, mientras que el funcionamiento es la ejecución o el disfrute de ese estado de salud en la práctica
Entendemos con este análisis que es necesario lograr una convergencia entre el interés privado y el bienestar colectivo, de manera que este objetivo se sostenga analíticamente y sea práctico en su implementación. Por lo tanto, tanto el mercado como el estado deben desempeñar funciones complementarias, en relación a las diversas condiciones en las cuales parten los individuos. Para ello, se requerirían reglas estables, derechos garantizados y marcos institucionales sólidos que alineen los incentivos individuales con el interés colectivo. Esta función de regulación y mediación en gran medida corresponde al estado y a las instituciones que lo componen, ya que son estas entidades las que tienen la capacidad de establecer y hacer cumplir las normas que rigen la interacción entre los actores económicos y sociales. Las reglas de juego, entendidas como el conjunto de restricciones tanto formales como informales que las sociedades crean para estructurar las interacciones económicas y sociales, deben evolucionar constantemente para adaptarse a los cambios en el entorno y las expectativas de la población. Solo así se podrá fomentar un ambiente en el que todos los agentes puedan contribuir al desarrollo sostenido y equitativo de la sociedad, garantizando que el progreso no quede limitado a unos pocos, sino que se extienda a toda la comunidad.
Conclusión
Mientras que el liberalismo radical prioriza la libertad de mercado y los derechos de propiedad, rechazando cualquier obligación estatal de proveer salud, el liberalismo igualitario y el enfoque de capacidades sostienen que el acceso a la salud es una condición necesaria para que la libertad y la igualdad de oportunidades sean efectivas. Estos enfoques argumentan que la salud no es solo un bien individual, sino un derecho fundamental que también influye en la cohesión social y el desarrollo económico de un país. En este sentido, garantizar acceso a servicios de salud de calidad puede contribuir a un entorno más justo y equitativo, donde cada ciudadano tenga la oportunidad de prosperar. Las políticas actuales en Argentina parecen enfocarse en la primera vertiente, promoviendo la competencia de mercado y el fortalecimiento de la propiedad privada como motores del sistema de salud, lo que podría generar desigualdades y limitar el acceso para sectores vulnerables de la población. Por ello, el debate sobre el modelo a seguir se vuelve crucial, especialmente en un contexto donde la salud pública es un asunto de interés nacional.
