Dr. Carlos Alberto Díaz. Profesor Titular Universidad ISALUD.
Todos, estamos sin posibilidades de ver como será nuestro futuro, ensombrecidos de frustración social, la ruptura de las instituciones, de los estamentos del gobierno, de la economía, con una gobernanza sin rectoría, ni imagen presidencial, solo figurativa, con el poder concentrado en una dirigente que esta absorbida por sus problemas personales, que no tiene un verdadero proyecto colectivo, sino para el sector que la contiene la arropa, que no le discute, y discurre por los caminos de la autocracia, del desarrollo del país de pobres excluidos y sojuzgados, construidos con antinomias, sin libertades, sin discutir ideas o propuestas.
El discurso de odio abarca muchas formas de expresiones que propugnan, incitan, promueven o justifican el odio, la violencia y la discriminación contra una persona o grupo de personas por diversos motivos.
Consciente del peligroso vínculo entre el discurso de odio y la violencia, la ECRI siempre ha considerado que la prohibición penal es necesaria cuando el discurso de odio incita públicamente a la violencia contra individuos o grupos de personas. Al mismo tiempo, las sanciones penales deben utilizarse como medida de último recurso y, en todo momento, debe mantenerse un equilibrio entre la lucha contra la incitación al odio por un lado y la salvaguardia de la libertad de expresión por el otro . Cualquier restricción al discurso de odio no debe usarse indebidamente para silenciar a las minorías y reprimir las críticas a las políticas oficiales, la oposición política o las creencias religiosas.
Plantea graves peligros para la cohesión de una sociedad democrática, la protección de los derechos humanos y el estado de derecho. Si no se aborda, puede dar lugar a actos de violencia y conflictos a mayor escala . En este sentido, el discurso de odio es una forma extrema de intolerancia que contribuye a los delitos de odio.
«La necesidad de debatir sobre lo que se ha dado en llamar, con mayor
o menor fortuna, “discurso del odio” (hate speech) se ha puesto sobre el tapete
en los últimos tiempos a raíz de acontecimientos como el asesinato de doce
personas del semanario Charlie Hebdo en enero de 2015, relacionado con las
caricaturas de Mahoma publicadas en él poco antes; los dibujos satíricos que
el mismo semanario dedicó el 2 de septiembre de 2016 a los damnificados por
el terremoto de Amatrice, que causó 296 muertos, comparándolos con platos
de la cocina italiana; los discursos de los partidos políticos populistas en Europa
con mensajes xenófobos, a raíz de la crisis de los refugiados políticos; la insultante campaña de Donald Trump contra la inmigración mexicana, o cuestiones
más locales, como los acontecimientos de la capilla de la Universidad Complutense en el campus de Somosaguas en marzo de 2011. A pesar de referirse a colectivos muy diferentes y utilizando formas de expresión muy diversas (ironía, sátira, desprecio, incitación a la violencia), los discursos del odio son en realidad tan antiguos como la humanidad, pero la novedad es ahora doble: por una parte, han llegado a tener un tratamiento jurídico, pueden llegar a considerarse como “delitos de odio” (hate crimes); por otra, una sociedad madura».
El primero se refiere al alcance del derecho moral a la libertad de expresión, y si el discurso de odio entra dentro del ámbito protector del derecho. Si lo hace, las prohibiciones del discurso de odio son necesariamente injustas. De lo contrario, pasamos a la segunda etapa, que evalúa si los oradores tienen el deber moral de abstenerse del discurso de odio Si existe el deber de abstenerse de la incitación al odio, es una cuestión más si el deber debe hacerse cumplir realmente. Esta tercera etapa depende de preocupaciones pragmáticas que involucran la falibilidad epistémica, el abuso del poder estatal y los beneficios del contra-discurso sobre la coerción.
¿Un compromiso adecuado con la libertad de expresión exige la protección legal del llamado discurso de odio? «Las democracias del mundo discrepan ferozmente sobre la respuesta a esta pregunta. Considere el Reino Unido, donde es un delito penal incitar al odio racial o religioso (Brown 2016). Si bien los detalles difieren, la legislación de este tipo existe en la preponderancia de las 2 democracias desarrolladas, incluidas Australia, Dinamarca, Francia, Alemania, India, Sudáfrica, Suecia y Nueva Zelanda (Waldron 2012, p. 8). Sin embargo, tal legislación sería claramente anulada como inconstitucional en los Estados Unidos, como una afrenta a la libertad de expresión. La Corte Suprema de los Estados Unidos ha sostenido sin concesiones que las leyes que perpetran discriminación sobre la base del punto de vista, especialmente aquellas que suprimen la expresión de ciertas convicciones morales y políticas, violan la Primera Enmienda (Stone 1987, 1994). Eso es así incluso cuando la justificación de la represión es prevenir cualquier violencia criminal que el discurso de odio pueda inspirar [Brandenburg v. Ohio 395 US 444 (1969)]. Es tentador ver este enfrentamiento como una cuestión de si la libertad de expresión debe tener prioridad sobre otros valores políticos. «Aunque la libertad de expresión es un valor importante», escribe Parekh (2012, p. 45), «no es la única». Esta sugerencia común es que nuestro compromiso con la libertad de expresión debe equilibrarse cuando sus demandas entran en conflicto con otros compromisos normativos, como la igualdad social, la dignidad o la seguridad de los ciudadanos históricamente marginados».
(a) el alcance protector del derecho moral a la libertad de expresión y si el discurso de odio cae dentro de él;
(b) las exigencias de cualquier deber que tengamos para abstenernos de incitar al odio; y
(c) varios argumentos adicionales sobre los riesgos de hacer cumplir realmente estos deberes, que se vuelven relevantes al diseñar protecciones constitucionales o estatutarias de la libertad de expresión.
Las naciones unidas expresó «En julio de 2021, la Asamblea General de la ONU mostró su preocupación sobre “la propagación y proliferación exponenciales del discurso de odio” en todo el mundo y adoptó una resolución para “promover el diálogo y la tolerancia interreligiosos e interculturales para contrarrestarlo”.
La resolución reconoce la necesidad de acabar con las retóricas discriminatorias y xenófobas y llama a todos los actores relevantes, incluidos los Estados, a aumentar sus esfuerzos para abordar este fenómeno, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos.
La resolución proclamó el 18 de junio como Día Para Contrarrestar el Discurso de Odio, el cual se conmemorará por primera vez en 2022 a través de una reunión informal de alto nivel el lunes 20 de junio (10 a. m., hora de Nueva York) en la sede de las Naciones Unidas.
A lo largo de esta jornada, las Naciones Unidas invitan a los gobiernos, las organizaciones internacionales, la sociedad civil y las personas a realizar eventos e iniciativas que promuevan estrategias para identificar, abordar y contrarrestar el discurso de odio.
El discurso de odio no solo es una negación de los valores esenciales de la ONU, sino que también socava los principios y objetivos fundamentales de la Carta de las Naciones Unidas, como el respeto por la dignidad humana, la igualdad y la paz.
La promoción de los derechos humanos y la lucha contra el odio están en el corazón de la misión de la Organización y las Naciones Unidas tienen el deber de luchar contra esta lacra en todo momento.
El impacto del discurso de odio atraviesa numerosos enfoques en las Naciones Unidas: desde la protección de los derechos humanos y la prevención de crímenes atroces hasta el mantenimiento de la paz, el logro de la igualdad de género y el apoyo a los niños y los jóvenes.
El Día Internacional para Contrarrestar el Discurso de Odio es una iniciativa basada en la Estrategia y el Plan de Acción de las Naciones Unidas sobre el Discurso de Odio lanzados el 18 de junio de 2019. Se trata de la primera iniciativa diseñada para abordar el discurso de odio a través de un marco esencial sobre cómo la Organización puede apoyar y complementar los esfuerzos de los Estados.
«La estrategia enfatiza la necesidad de contrarrestar el odio de manera integral con pleno respeto por la libertad de opinión y expresión, mientras se trabaja en colaboración con las partes interesadas relevantes, incluidas las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicación, las empresas tecnológicas y las plataformas de redes sociales.»
En un publicación de la Universidad UNSAM en Argentina:» En este trabajo entendemos por discursos de odio (ddo) a cualquier tipo de discurso pronunciado en la esfera pública que procure promover, incitar o legitimar la discriminación, la deshumanización y/o la violencia hacia una persona o un grupo de personas en función de la pertenencia de las mismas a un grupo religioso, étnico, nacional, político, racial, de género o cualquier otra identidad social.
La confianza aparece como condición necesaria para “compartir” dicha información. De allí que “confiar” o “creer” pueden presentarse como sinónimos de “compartir”. La acción que combate, en estos casos, la desconfianza, es la de “chequear fuentes” o “informarse”. En ciertos casos, el compartir aparece movilizado por el deseo de revelar una verdad a otros para salvaguardarla.
Cuando el discurso del odio son operaciones: «La idea de operación nombra el proceso a través del cual se producen efectos de sentido. La identificación subjetiva se deja ver sobre todo en sus efectos: desocultamiento, generalización y familiarización. Son estas las operaciones de lectura (y subjetivación) que hemos registrado en los participantes enfrentados a los mensajes de redes seleccionados como estímulos».
El odio es, entonces, enemigo de uno de los derechos fundamentales de la democracia: la libertad de expresión. Lo virtual es real. Así es como estos sectores minoritarios y violentos, desde el anonimato que garantizan las redes, logran visibilidad.
Diferentes líderes políticos buscan aglutinar y construir liderazgos alrededor de esos discursos de odio otrora dispersos. Se edifica un marco de ideas que abarca desde las teorías conspirativas, el individualismo extremo y la superioridad racial, hasta la negación del discurso científico; una suerte de terraplanismo político que cuando observa que los hechos no confirman sus marcos ideológicos, procede a ignorarlos.
“La función del prejuicio es preservar a quien juzga de exponerse abiertamente a lo real y de tener que afrontarlo pensando”, entendió Hannah Arendt.
El discurso del odio es malo, corresponde entonces la abstención por un deber moral, fuerza débil frente a tantos intereses creados. La prohibición es un flanco al autoritarismo, y a la represión, para construir el discurso único. El dialogo. El no considerar a un opositor un enemigo. En frenar las expresiones que sean demasiado ofensivas o claramente inciten a la violencia. a la discriminación. El discurso del odio es malo porque no construye, no acerca, siempre nos obliga a retomar dolores del pasado, quedándonos detenidos en el tiempo. Es peor porque divide sin motivo trascendente.
El discurso del odio debe superarse con el encuentro del dialogo impulsado en todo momento, dentro del parlamente, las universidades, las instituciones, las elecciones, los debates, la participación, la expresión, la designación en cargos públicos, en la esfera gubernamental, con más pluralismo.